Indulto y amnistía: Pequeño “gran paso” en Bolivia – Alternativas a la retardación de justicia, una pesadilla que deja insomne

Blog

Indulto y amnistía: Pequeño “gran paso” en Bolivia – Alternativas a la retardación de justicia, una pesadilla que deja insomne

19 septiembre 2013
Godofredo Reineke

La historia de retardación de justicia en los países de Latinoamérica, y especialmente en Bolivia se remonta a la promulgación de leyes antidrogas de los años 80, inducidas y fomentadas por los EEUU, sus efectos fueron devastadores, llenaron las cárceles de personas cultivadoras de coca, pisacocas y dirigentes que estaban involucrados en defensa de la hoja en su estado natural, posiblemente facetas que se repetirán algún momento en Colombia y Perú.

Se crearon cárceles de “transición” o de carácter investigativo, dirigidos por el Ministerio Público y operativizado por la FELCN (Fuerza policial especializada en la lucha contra el narcotráfico), ambas instituciones involucradas en violación a los DDHH, porque a título de proteger a la sociedad, se produjeron detenciones indebidas, allanamientos, violencia, y abusos, vulnerando derechos constitucionales como la presunción de inocencia, el debido proceso, limitando su defensa jurídica y permitiendo espacios de corrupción, venta de lugares para dormir en las cárceles citadinas donde se trasladan a los detenidos en “transición”, aceleración de procesos. Esta conducta se institucionalizó, las personas recluidas podían estar en esta fase investigativa dos años o más, antes de ser trasladadas un recinto penitenciario oficial.

En ese escenario PIE hizo varias investigaciones, a consecuencia de un aumento significativo de la población penitenciaria a partir del 2011, y analizó las causas de Retardación de Justicia con datos estadísticos, del Régimen Penitenciario, estimuló y analizó los efectos del indulto presidencial lanzado a final del 2012 e impulso una propuesta de ley de Amnistía en delitos menores..

La iniciativa se consolidó y se la tomo parcialmente en cuenta a consecuencia de la tragedia que envolvió el Centro Penitenciario de Santa Cruz, “Palmasola” 35 fallecidos cruentamente, 34 mayores y un niño.

El presidente del Estado Plurinacional, en un acto de humanizar la justicia y evitar hechos similares promulgó el Decreto Presidencial de Indulto y Amnistía, que beneficia a personas que tengan sentencias menores de 8 años, por lo que estamos sugiriendo que se amplíe a 10 años por lo menos, (ya contemplado en el primer indulto del 2012), de esta manera se beneficiaría la población que está dentro de delitos de narcotráfico, transporte o comercialización que por primera vez cometieron delito, la argumentación es que las penas son desproporcionadas, sin embargo creemos que se está avanzando significativamente con este decreto presidencial.

Hay voces que apoyan el criterio de ampliar la norma a 10 años: Los privados de libertad, el colegio de abogados, los defensores de DDHH, y la población sensible (opinión, 8 de cada 10 están de acuerdo con la medida).

Sin embargo también existen opiniones contrarias u opositoras a la administración Morales, que critican y observan la disposición, argumentan, tema de seguridad ciudadana, es interesante observar que opiniones en contra la norma, estimulan a sectores de la población boliviana a concebir sentimientos de victimización y de percepción de inseguridad.

Es indudable que habrá mucha gente que piense que aplicando la amnistía o el indulto producirá eclosiones de delincuentes que estén libres en las calles.

No debe entenderse de esta manera, el fondo es disminuir el hacinamiento, la retardación de justicia y agilizar la operatividad en el sistema judicial.

Será aplicable a personas recluidas que ha sufrido los efectos de la retardación de justicia por múltiples causas, beneficiará a personas que están en privación de libertad que tengan sentencia ejecutoriada y las que están sin ella podrá definirse su situación jurídica en el contenido de sus protocolos o procedimientos adicionales, a discutirse en el congreso esta semana, esperando además que se amplíe a delitos con sentencia menor a 10 años, permitirá a su vez, pensar que los delitos con sanciones menores y relacionados con drogas, puedan acogerse al beneficio, ya que son la mayoría de la población penitenciaria con carácter preventivo, puede ser también objeto de análisis para producir un efecto menos punitivo sobre las personas utilizadas por el narcotráfico, “mulas” por ejemplo.

Es un pequeño gran paso y un jalón de orejas al sistema judicial boliviano dado por el Presidente Morales, amparado por el poder ejecutivo que tiene carácter constitucional y humanitario, sin embargo intentaremos en incidir en su aplicación como consolidar una Ley de Amnistía propuesta que tiene mayor cobertura, sin entrar en la disyuntiva o umbral de derechos de la sociedad con los llamados delincuentes.

Los efectos si se aplica en el transcurso de la vigencia temporal de un año de este decreto de indulto y amnistía son:

  • Disminuir la población penitenciaria en un 15 % aproximadamente.
  • Beneficiará a privados de libertad que sean directos responsables de sus hijos.
  • Permitirá plantearse una solución estructural a mediano plazo en el Sistema Penitenciario.
  • Provocará un cambio en la penalización de delitos por narcotráfico, puede inclusive, como ya se viene gestando una nueva ley antidrogas específica y sin criminalizar o confundir al consumidor y el microtráfico.
  • Ya ha sensibilizado a la sociedad civil, existe una mirada de mayor tolerancia.
  • Ha desnudado las falencias del sistema judicial.
  • Permitirá acelerar y evitar la retardación de justicia.
  • Incluso movilizó a profesionales abogados particulares, de ofertar servicios gratuitos de asistencia jurídica.

Proyecciones positivas y negativas.

  • Esperamos que incentive y consolide el sistema de Defensa Pública del Estado, juzgados, y operadores de justicia, al seguimiento sistemático de casos que no tienen sentencia ejecutoriada
  • Puede crear el tratamiento de la propuesta de Ley de Amnistía, entretanto los niveles de hacinamiento sean altos permitiendo una norma más humanitaria y de aplicación periódica.
  • Puede que impulse la creación de nuevos recintos penitenciarios, que no estamos de acuerdo, pero simultáneamente se incentive a la prevención, permitirá asimismo programas de rehabilitación tratamiento y reinserción, no sé hasta qué punto, pero algo mejorará, nada puede ser peor de lo que es.
  • Excluye por el momento a delitos de narcotráfico que tengan sanciones mayor a los 8 años, entonces debemos abogar por estas diferencias de aplicación en torno a la sentencia, pues esto hace la diferencia, 8 o 10 años, ampliando el universo de beneficiarios.
  • La Asamblea Legislativa aparentemente aprobará sin modificar el Decreto Presidencial de indulto y Amnistía, pero implementará una medida adicional o complementaria de “Libertad Reglada” que otorgara un beneficio especial a los privados de libertad dentro de algunas características, continúa en tratamiento legislativo.
  • Medidas adicionales como tratar la repatriación de extranjeros privados de libertad.
  • Modificaciones al Código de niño niña y adolescente, permitiendo inimputabilidad hasta los 18 años.
  • Responsabilizar a jueces que retengan procesos por tiempos prolongados, son medidas consecuentes a la interpelación del Ministro de Gobierno, todas dirigidas a disminuir la población penitenciaria.

Suscríbase a las Alertas mensuales del IDPC para recibir información sobre cuestiones relacionadas con políticas sobre drogas.