El informe de la JIFE correspondiente a 2022 - Mercados regulados de cannabis y tensiones legales internacionales: una oportunidad perdida

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El informe de la JIFE correspondiente a 2022 - Mercados regulados de cannabis y tensiones legales internacionales: una oportunidad perdida

27 julio 2023
Global Drug Policy Observatory (GDPO)

En su informe anual correspondiente a 2022, la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE o la Junta) presenta una vez más una impresionante visión general en cuanto a la fiscalización internacional de drogas, con respecto a las disposiciones de los tratados de la ONU para la fiscalización de drogas. El informe señala varios temas y aspectos conocidos, incluyendo un grato énfasis continuo sobre la necesidad de garantizar la disponibilidad de sustancias controladas para fines médicos y científicos. De hecho, aunque no carezca de problemas, es positivo que la Junta siga resaltando la importancia de los derechos humanos en la aplicación de una serie de políticas referidas al control de drogas.

Teniendo en cuenta la creciente atención que en los debates internacionales se presta a la adopción de mercados regulados de cannabis para uso recreativo adulto por parte de algunos Estados, no sorprende que el capítulo uno del Informe esté dedicado al “Análisis de la tendencia a legalizar el uso no médico del cannabis”. La discusión aquí se extiende a la recurrente atención que la JIFE otorga al tema en otras secciones de la publicación. Como cabe esperar de un organismo tan importante dentro del sistema internacional de fiscalización de drogas, y que se esfuerza tanto por configurar la narrativa de las discusiones entre Estados, gran parte del análisis es imparcial y justo. La Junta ofrece una útil visión general de la situación actual y de muchos de los imperativos que subyacen a los cambios en políticas hacia lo que denomina “legalización” del cannabis.

Un aporte tan constructivo al debate se ve, sin embargo, seriamente socavado en otras secciones del informe por el incómodo enfoque que la Junta da al asunto. Más allá de la distorsión de los temas y el cuestionable tono terminología empleados, resulta tremendamente problemático el intento por parte del Informe de presentar diversos modelos de mercados regulados de cannabis como fracasos rotundos que no han logrado los objetivos de las jurisdicciones que han adoptado este enfoque de políticas. Tal es el caso especialmente debido a que la Junta omite sus propias salvedades referidas, entre otras cosas, a la complejidad de la situación, las metodologías de investigación y la imposibilidad de comparar las jurisdicciones referidas; éste es un enfoque que, en última instancia, genera conclusiones llamativas pero al mismo tiempo contradictorias y visiblemente inconexas.

Además, aunque la Junta hace bien en seguir resaltando ante los Estados Miembros la incompatibilidad entre los mercados regulados de cannabis y las convenciones en su forma actual, el informe dedica sorprendentemente escasa atención a abordar los conflictos legales derivados de esta situación. Desde luego, resulta alentador ver que la Junta se alinea más con otras secciones del sistema de la ONU al acoger la flexibilidad de las convenciones y señalar la descriminalización de la posesión de cannabis para consumo personal como una opción legítima de políticas. Dicho esto, incluso en el contexto del “margen de maniobra” existente en las convenciones, limitarse a repetir la fórmula de que “los tratados dicen que no” respecto a la regulación legal, no ayudará a resolver el actual dilema legal. Más aún, son erróneos y peligrosos los intentos por caracterizar las tres convenciones como lex specialis, en cuanto atañe a la relación entre el control internacional de drogas y las obligaciones en materia de derechos humanos.

En su condición de engendro de las convenciones, la JIFE se encuentra una vez más en una posición poco envidiable. Aunque sin duda el funcionamiento de los mercados regulados constituye un reto para los Estados Miembros y para la integridad del sistema de fiscalización internacional de drogas, la “legalización” también representa un reto importante, quizás existencial, para la propia Junta. Al intentar infructuosamente obligar a algunas jurisdicciones a denunciar los mercados regulados y a revertir las decisiones políticas ya adoptadas, la JIFE sigue encontrándose en un dilema de fondo que pone en entredicho su mismísimo lugar y su posición al interior del sistema.

En lugar de distorsionar la base empírica, de desplegar torpemente los principios del derecho internacional, y de lanzar —probables-- amenazas de procedimientos sancionadores, un aporte más proactivo y positivo a los debates actuales sería que la JIFE publicara un informe suplementario especial en el que examinase las opciones a disposición de los Estados que tomen parte en los mercados regulados y busquen permanecer dentro de los límites del derecho internacional. De este modo, la Junta podría emplear su considerable experiencia y su lugar dentro del sistema para alentar la discusión y explorar diferentes escenarios para la dirección en la cual podría evolucionar el marco internacional para el control de drogas, teniendo en cuenta las cambiantes circunstancias y las necesidades percibidas en algunos de los países signatarios de las convenciones.

Informes previos en la serie: